Para poder participar en esta iniciativa es necesario reunir los siguientes requisitos:
Ser una persona emprendedora andaluza, entendiéndose ésta como:
En este caso el objetivo que se pretende conseguir con la Visita Emprendedora es ayudar a definir el plan de empresa y una vez en Andalucía finalizar con la constitución de ésta.
Es requisito obligatorio que el proyecto esté apoyado o preincubado en la Red Territorial de Apoyo a Emprendedores (en adelante, RTAE), teniendo prioridad este último.
En este caso el objetivo es la consolidación de la empresa y mejora de su competitividad.
En este caso, la empresa debe tener domicilio fiscal y social en Andalucía, además de considerarse una pyme, definiéndose ésta (según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión) como una empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
Es requisito obligatorio que la empresa esté apoyada o incubada en la RTAE, teniendo prioridad ésta última.
No existe limitación de antigüedad para empresas ya constituidas.
Quedarán excluidos aquellos participantes que hayan sido beneficiarios en convocatorias anteriores de visitas emprendedoras incluidas en www.iemprendedores.es
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