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Resolución

Concluido el proceso selectivo, la Comisión formulará propuesta de resolución provisional de las ayudas del proyecto, que se publicará en esta página web en el apartado resultados selección.

Se contempla un plazo de alegaciones de 5 días a contar a partir de la publicación de la propuesta de concesión provisional. Todas las alegaciones se deberán realizar por correo electrónico a Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla .

Una vez finalizado este plazo, y revisadas las alegaciones presentadas, la Comisión formulará la relación de beneficiarios seleccionados. Esta propuesta será vinculante y se trasladará a la Dirección Gerencia de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, quien dictará resolución de concesión definitiva, siendo publicada en la página web del Programa Internacional para Emprendedor@s (www.iemprendedores.es).

En cualquier caso, se elaborará un listado de suplentes para los casos en que existan vacantes por renuncias o bajas.

En la resolución de concesión se hará constar:

  • Los datos del beneficiario (apellidos, nombre y DNI)
  • Los datos de la empresa andaluza beneficiaria, cuando proceda (razón social y CIF)
  • Región Europea de destino (Para el caso de Prácticas en Otras Regiones de la U.E.)

El beneficiario deberá aceptar expresamente las Prácticas en el plazo máximo de 5 días desde su notificación. Para ello, se deberá utilizar el Anexo 1. Documento de aceptación ó Anexo 2. Documento de renuncia, según proceda.

Junto con el formulario de aceptación, el/la beneficiario/a deberá entregar un documento facilitado por la Entidad Bancaria con los datos identificativos de la cuenta en la que desee percibir las prestaciones económicas, en el que conste el Código Cuenta Cliente (CCC). En este documento, la citada entidad deberá hacer constar el/los nombre/s de los titulares y cotitulares de la cuenta, entre los que obligatoriamente debe figurar el/la beneficiario/a del programa.

La renuncia o aceptación sólo podrá ser enviado a través de la cuenta de correo Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla . No se permite el envío en formato papel, por ello todos los documentos tienen que estar en formato digital.

En el supuesto de que el beneficiario renunciara o no aceptara expresamente las Prácticas en el plazo y forma descritos anteriormente, se dictará resolución complementaria indicando todos aquellos que han renunciado expresa o tácitamente y los nuevos beneficiarios.

El plazo máximo para la resolución y notificación de las ayudas será de 6 meses desde la conclusión del plazo de inscripción. Transcurrido este plazo sin que hubiese comunicación expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas.

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